{"id":932,"date":"2018-09-13T10:55:50","date_gmt":"2018-09-13T10:55:50","guid":{"rendered":"http:\/\/grupogispert.com\/blog\/pacto-de-no-competencia-postcontractual-2\/"},"modified":"2019-03-11T10:50:24","modified_gmt":"2019-03-11T10:50:24","slug":"que-es-el-pacto-de-no-competencia-postcontractual","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/grupogispert.com\/blog\/que-es-el-pacto-de-no-competencia-postcontractual\/","title":{"rendered":"Qu\u00e9 es el pacto de no competencia postcontractual"},"content":{"rendered":"<p>En la actualidad es una pr\u00e1ctica cada vez m\u00e1s extendida por parte de las empresas, la inclusi\u00f3n en los contratos laborales, ya sean de los altos directivos como de t\u00e9cnicos o de la totalidad de la plantilla (en funci\u00f3n del sector de actividad), de los denominados\u00a0<strong><em>\u201cpactos de no competencia postcontractual\u201d<\/em><\/strong>.<\/p>\n<p>Y, por lo tanto, es importante conocer qu\u00e9 son estos pactos.<\/p>\n<p>Principalmente, es un\u00a0<strong>acuerdo entre la empresa y el trabajador<\/strong>, en el que se proh\u00edbe al trabajador que pueda realizar su actividad profesional para una empresa de la competencia una vez finalizada la relaci\u00f3n laboral entre las partes. Se puede entender como una prolongaci\u00f3n de la relaci\u00f3n m\u00e1s all\u00e1 de la vigencia del contrato de trabajo, pero para que ello tenga efectos en materia laboral, es fundamental que dicho acuerdo se vincule a las funciones laborales que desarrollaba el trabajador.<\/p>\n<h2>Requisitos del pacto de no competencia postcontractual<\/h2>\n<p>Para que un pacto de no competencia, para despu\u00e9s de extinguido el contrato de trabajo, sea v\u00e1lido, debe cumplir con una serie de requisitos, como son:<\/p>\n<ol>\n<li>La empresa debe tener un efectivo inter\u00e9s industrial o comercial que debe incluirse en el pacto de no competencia.<\/li>\n<li>Se ha de pagar al trabajador una compensaci\u00f3n econ\u00f3mica adecuada.<\/li>\n<li>No puede superar la duraci\u00f3n m\u00e1xima de 2 a\u00f1os, para los t\u00e9cnicos, y de 6 meses, para el resto de trabajadores<\/li>\n<li>No puede ser desproporcionado ni incurrir en un desequilibrio entre las partes, pues se trata de un pacto con obligaciones para ambas partes, cuyo cumplimiento no puede quedar a la decisi\u00f3n de una sola de ellas.<\/li>\n<\/ol>\n<p>El pacto\u00a0<strong>exige una limitaci\u00f3n en el tiempo y justificar el inter\u00e9s comercial o industrial de la empresa, as\u00ed como establecer una compensaci\u00f3n econ\u00f3mica al trabajador<\/strong>\u00a0que compense el no poder trabajar en el mismo sector donde realizaba su \u00faltima actividad laboral durante el periodo de tiempo acordado.<\/p>\n<p>La finalidad de este pacto es evitar que el trabajador aproveche la informaci\u00f3n puesta a disposici\u00f3n por parte de la empresa y las relaciones mantenidas con clientela y\/o proveedores, en su propio beneficio, evitando el perjuicio que supondr\u00eda la utilizaci\u00f3n de los conocimientos adquiridos por parte del trabajador en otra empresa de la competencia. Tambi\u00e9n se intenta disminuir el riesgo de abandono del trabajador derivado de ofertas laborales de la competencia.<\/p>\n<p>La eficacia del pacto se encuentre vinculada directamente con la exigencia de que se incluya una compensaci\u00f3n econ\u00f3mica adecuada para el trabajador, por lo tanto, dicha compensaci\u00f3n tiene el car\u00e1cter de obligatorio.<\/p>\n<h2>La compensaci\u00f3n en el pacto de no competencia postcontractual<\/h2>\n<p>Las partes podr\u00e1n pactar libremente la cuant\u00eda siempre que se aprecie una proporcionalidad entre la duraci\u00f3n del compromiso y la cuant\u00eda de la indemnizaci\u00f3n, de modo que una mayor duraci\u00f3n de la obligaci\u00f3n de no competir exige una mayor cuant\u00eda de la compensaci\u00f3n pactada y viceversa.<\/p>\n<p>Lo anterior es importante ya que la compensaci\u00f3n econ\u00f3mica (en concepto de indemnizaci\u00f3n) tiene para el trabajador una finalidad disuasoria para que se abstenga de realizar actuaciones tendentes a incurrir en competencia con la empresa.<\/p>\n<h4>Modos de fijar la cuant\u00eda de la compensaci\u00f3n<\/h4>\n<p>As\u00ed como los modos de fijar la cuant\u00eda de la compensaci\u00f3n econ\u00f3mica, los m\u00e1s utilizados son los siguientes:<\/p>\n<ul>\n<li>Fijar un porcentaje del salario en el momento de la extinci\u00f3n, o un porcentaje sobre el promedio de un per\u00edodo de salario fijado del trabajador<\/li>\n<li>Una parte de la \u00faltima retribuci\u00f3n percibida, ya sea anual o mensual.<\/li>\n<li>Una cantidad fija mensual (no siendo necesario esperar a que el contrato se extinga para proceder a su abono, pag\u00e1ndose peri\u00f3dicamente dicha indemnizaci\u00f3n desde el inicio de la contrataci\u00f3n)<\/li>\n<\/ul>\n<p>Se permite que el momento del pago de la compensaci\u00f3n econ\u00f3mica sea pactado libremente, ya sea durante la vigencia del contrato, en el momento de la extinci\u00f3n o en un momento posterior.<\/p>\n<p>Siendo las modalidades m\u00e1s habituales:<\/p>\n<ul>\n<li>El pago anticipado en la\u00a0<a href=\"http:\/\/www.empleo.gob.es\/es\/Guia\/texto\/guia_6\/contenidos\/guia_6_13_1.htm\">n\u00f3mina mensual<\/a>.<\/li>\n<li>El pago de una cantidad fija, que puede hacerse efectiva en pagos peri\u00f3dicos a lo largo de la vigencia del pacto de no competencia.<\/li>\n<li>El pago \u00fanico al finalizar el plazo del compromiso de no competencia por parte del trabajado.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Asimismo, cabe recordar que el pacto puede ser nulo en el caso de que se considere abusivo, ya que es importante:<\/p>\n<ul>\n<li>La proporcionalidad entre la cuant\u00eda que percibir\u00e1 el trabajador y la reducci\u00f3n de sus posibilidades de reubicaci\u00f3n profesional en el mismo sector y su derecho a la libre elecci\u00f3n de profesi\u00f3n y oficio,<\/li>\n<li>El tipo de actividad de que se trate y el nivel formativo, ya qua a mayor formaci\u00f3n y especializaci\u00f3n, mayor trascendencia tiene el pacto de no competencia, debido a sus posibilidades de prestar servicios en otros empleos ubicados en empresas concurrentes.<\/li>\n<li>Si la cantidad prevista como compensaci\u00f3n al trabajador no es adecuada o la consecuencia que comporta para el trabajador el incumplimiento del pacto resulta desproporcionada.<\/li>\n<\/ul>\n<p>El incumplimiento del pacto se produce cuando alguna de las partes no cumple con la obligaci\u00f3n asumida. Es decir, la empresa incumple si no satisface la cuant\u00eda estipulada en la compensaci\u00f3n econ\u00f3mica y, por su parte, el trabajador incumple cuando desarrolla las actividades prohibidas (como son trabajar en el sector de la empresa o ser contratado en una empresa de la competencia) durante el periodo de tiempo establecido.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, aunque habitualmente este tipo de\u00a0<strong><em>pactos de no competencia postcontracutal<\/em><\/strong>\u00a0se realizan al inicio de la contrataci\u00f3n, y se articulan en la formalizaci\u00f3n de la misma,<strong>\u00a0tambi\u00e9n pueden celebrarse en cualquier momento despu\u00e9s de iniciada la relaci\u00f3n laboral<\/strong>, siempre que se alcance a trav\u00e9s de una voluntad conjunta entre la empresa y el trabajador.<\/p>\n<p><a href=\"http:\/\/www.grupogispert.com\/es\/equipo\/isaac-gonzalez-lopez\">Isaac Gonz\u00e1lez L\u00f3pez<\/a><\/p>\n<p><a href=\"http:\/\/www.grupogispert.com\/es\/especializaciones\/derecho-laboral\">Abogado del Departamento de Derecho Laboral<\/a><\/p>\n<p><a href=\"http:\/\/www.grupogispert.com\/\">Grupo Gispert<\/a>\u00a0|\u00a0<a href=\"http:\/\/www.grupogispert.com\/\">Despacho de abogados en Barcelona<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En la actualidad es una pr\u00e1ctica cada vez m\u00e1s extendida por parte de las empresas, la inclusi\u00f3n en los contratos laborales, ya sean de los altos directivos como de t\u00e9cnicos o de la totalidad de la plantilla (en funci\u00f3n del sector de actividad), de los denominados\u00a0\u201cpactos de no competencia postcontractual\u201d. 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