{"id":2918,"date":"2020-03-22T17:12:34","date_gmt":"2020-03-22T17:12:34","guid":{"rendered":"https:\/\/grupogispert.com\/blog\/?p=2918"},"modified":"2020-09-05T15:46:25","modified_gmt":"2020-09-05T15:46:25","slug":"covid-19-medidas-concursales-y-movimientos-de-capital","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/grupogispert.com\/blog\/covid-19-medidas-concursales-y-movimientos-de-capital\/","title":{"rendered":"Covid 19: Medidas concursales y movimientos de capital"},"content":{"rendered":"<p>[et_pb_section bb_built=&#8221;1&#8243;][et_pb_row][et_pb_column type=&#8221;4_4&#8243;][et_pb_text _builder_version=&#8221;3.13.1&#8243;]<\/p>\n<h3>A continuaci\u00f3n, se expone sucintamente las principales medidas, contempladas en el Real Decreto Ley 8\/2020 (en adelante RDL), en materia concursal y relativas a los plazos para la presentaci\u00f3n de concursos necesarios y voluntarios.<\/h3>\n<p>El RD, en su art\u00edculo 43 del RD se ocupa de las cuestiones concursales, concretamente, establece:<\/p>\n<p>Art\u00edculo 43. Plazo del deber de solicitud de concurso.<\/p>\n<ol>\n<li>Mientras est\u00e9 vigente el estado de alarma, el deudor que se encuentre en estado de insolvencia no tendr\u00e1 el deber de solicitar la declaraci\u00f3n de concurso. Hasta que transcurran dos meses a contar desde la finalizaci\u00f3n del estado de alarma, los jueces no admitir\u00e1n a tr\u00e1mite las solicitudes de concurso necesario que se hubieran presentado durante ese estado o que se presenten durante esos dos meses. Si se hubiera presentado solicitud de concurso voluntario, se admitir\u00e1 \u00e9ste a tr\u00e1mite, con preferencia, aunque fuera de fecha posterior.<\/li>\n<li>Tampoco tendr\u00e1 el deber de solicitar la declaraci\u00f3n de concurso, mientras est\u00e9 vigente el estado de alarma, el deudor que hubiera comunicado al juzgado competente para la declaraci\u00f3n de concurso la iniciaci\u00f3n de negociaci\u00f3n con los acreedores para alcanzar un acuerdo de refinanciaci\u00f3n, o un acuerdo extrajudicial de pagos, o para obtener adhesiones a una propuesta anticipada de convenio, aunque hubiera vencido el plazo a que se refiere el apartado quinto del art\u00edculo 5 bis de la Ley 22\/2003, de 9 de julio, Concursal.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Es decir, el art\u00edculo est\u00e1 regulando varios supuestos:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">(i) Suspensi\u00f3n del plazo para la presentaci\u00f3n del concurso voluntario: A\u00fan en el supuesto de que el deudor se encuentre en estado de insolvencia y deba presentar concurso de acuerdo con las disposiciones de la Ley Concursal (en adelante LC), esta obligaci\u00f3n decae mientras se encuentre vigente el estado de alarma. Consecuentemente, la posible agravaci\u00f3n del estado de insolvencia en un supuesto de concurso culpable, quedar\u00eda mitigada durante el plazo del estado de alarma.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">(ii) La anterior suspensi\u00f3n se aplica igualmente a situaciones de preconcurso reguladas en al art\u00edculo 5 bis de la LC. En caso de vencer el plazo para la hipot\u00e9tica presentaci\u00f3n del concurso tras una fallida negociaci\u00f3n con los acreedores mientras se encuentre en vigor el estado de alarma, este plazo queda pospuesto al levantamiento del estado de alarma.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">(iii) Por \u00faltimo, establece que no se admitir\u00e1n a tr\u00e1mite concursos necesarios durante el estado de alarma y durante los dos meses siguientes al levantamiento de esta situaci\u00f3n excepcional. Establece, adem\u00e1s, la preferencia del concurso voluntario en ese periodo de dos meses, incluso si se hubiese presentado posteriormente al concurso necesario.<\/p>\n<p>Lo que no aclara el RD es qu\u00e9 ocurre con los concursos presentados en ese lapso de tiempo, cuesti\u00f3n que ir\u00e1 aclarando la praxis judicial.<\/p>\n<p>Si ponemos en relaci\u00f3n el anterior art\u00edculo 43 con las resoluciones del CGPJ relativas a plazos procesales y prescripci\u00f3n y en las que se definen qu\u00e9 actuaciones se consideran urgentes en el \u00e1mbito procesal y no est\u00e1n afectadas por la suspensi\u00f3n, podemos llegar a la conclusi\u00f3n que solo cabr\u00eda una petici\u00f3n de declaraci\u00f3n de concurso cuando concurran circunstancias que la hagan urgente y se puede acreditar que los perjuicios de dilatar dicha declaraci\u00f3n podr\u00edan ser irreparables, cuesti\u00f3n siempre dif\u00edcil de apreciar, m\u00e1xime en el \u00e1mbito concursal.<\/p>\n<h4><\/h4>\n<h4>Modificaci\u00f3n de la ley 19\/2003 de 4 de julio sobre r\u00e9gimen jur\u00eddico de los movimientos capitales y de las transacciones econ\u00f3micas con el exterior<\/h4>\n<p>En cuanto a las medidas adoptadas referentes al \u00e1mbito de los movimientos de capitales y de las transacciones econ\u00f3micas, el RDL 8\/2020 introduce una modificaci\u00f3n en la LEY 19\/2003 de 4 de julio, a\u00f1adiendo a la misma un art\u00edculo 7 bis con la siguiente redacci\u00f3n:<\/p>\n<ul>\n<li>Queda suspendido el r\u00e9gimen de liberalizaci\u00f3n de determinadas inversiones extranjeras directas en Espa\u00f1a que son las que se producen cuando el inversor de pa\u00edses de fuera de la Uni\u00f3n Europea y de la Asociaci\u00f3n Europea de libre comercio pasan a ostentar una participaci\u00f3n igual o superior al 10*100 del capital social de la sociedad espa\u00f1ola o pasan a participar de forma efectiva en la gesti\u00f3n de dicha sociedad.<\/li>\n<li>Se suspende el r\u00e9gimen de liberalizaci\u00f3n de inversiones extranjeras que se realice en sectores sensibles (infraestructuras y tecnolog\u00edas cr\u00edticas, suministro, medios de comunicaci\u00f3n&#8230;)<\/li>\n<li>Se suspende el r\u00e9gimen de liberalizaci\u00f3n de las inversiones extranjeras directas en los siguientes supuestos:<\/li>\n<\/ul>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">-Si el inversor extranjero est\u00e1 controlado, directa o indirectamente por el gobierno de un tercer pa\u00eds.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">-Si el inversor ha realizado inversiones en otro Estado miembro que afecten a la seguridad, orden y salud p\u00fablica.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px;\">-Si se ha abierto un procedimiento, administrativo o judicial, contra el inversor en otro Estado miembro, Estado de origen o un tercer Estado por ejercer actividades delictivas o ilegales.<\/p>\n<p>[\/et_pb_text][\/et_pb_column][\/et_pb_row][\/et_pb_section]<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Medidas urgentes en materia concursal y movimiento de capitales del Real Decreto-Ley 8\/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto econ\u00f3mico y social del covid-19.<\/p>\n","protected":false},"author":5,"featured_media":2920,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_et_pb_use_builder":"on","_et_pb_old_content":"","_et_gb_content_width":"","_mo_disable_npp":""},"categories":[7],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/grupogispert.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2918"}],"collection":[{"href":"https:\/\/grupogispert.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/grupogispert.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/grupogispert.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/users\/5"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/grupogispert.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2918"}],"version-history":[{"count":5,"href":"https:\/\/grupogispert.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2918\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":2943,"href":"https:\/\/grupogispert.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2918\/revisions\/2943"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/grupogispert.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media\/2920"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/grupogispert.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2918"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/grupogispert.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2918"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/grupogispert.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2918"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}